Nueva normativa sobre sistemas de calefacción central

Durante muchos años, los sistemas de calefacción central han sido los más utilizados en edificios para proporcionar calor a los hogares. Sin embargo, estos sistemas están lejos de ser ideales, ya que generan un reparto desigual de los costos y un considerable derroche energético debido a la falta de control individualizado.

Con el fin de reducir este desperdicio, el Gobierno ha establecido la obligatoriedad de instalar contadores individuales en edificios con calefacción central, a través del Real Decreto 736/2020, publicado en el BOE el 6 de agosto de 2020. Esta norma adapta la Directiva 2021/27/UE sobre Eficiencia Energética. Anteriormente, este aspecto ya estaba regulado en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).

El gasto en calefacción es un factor importante a considerar, además del precio de la vivienda, cuando se busca alquilar o comprar un inmueble.

¿En qué consiste la nueva normativa de calefacción central?

La nueva normativa tiene como objetivo ahorrar hasta un 24% del consumo energético de los edificios. Obliga a las comunidades de vecinos a instalar repartidores de costes de calefacción y válvulas termostáticas en los edificios que utilicen calefacción central. Esto implica, además, la instalación de contadores individuales y otros elementos para distribuir el consumo de manera equitativa.

La responsabilidad de realizar estas instalaciones recae en el titular de la calefacción, generalmente la comunidad de propietarios. La fecha límite para completar las instalaciones es el 1 de mayo de 2023, aunque se prevén períodos transitorios para su implementación gradual.

El Real Decreto establece dos plazos importantes: uno para obtener un presupuesto de una empresa regulada por el RITE y otro para tener las instalaciones activas, con plazos específicos según el tipo y ubicación del edificio.

Contadores individuales para la calefacción central

Durante años, las quejas en comunidades de vecinos con calefacción central han sido frecuentes, debido a que la temperatura no siempre satisfacía a todos los residentes. La nueva normativa busca, además de fomentar el ahorro energético, que los contadores individuales reflejen el consumo real de cada hogar, permitiendo un uso más eficiente y justo de la calefacción.

La instalación de estos contadores permitirá regular la calefacción según las necesidades individuales, distribuyendo los costos de manera más equitativa y evitando el derroche energético causado por calentar viviendas desocupadas.

¿Cómo te afecta la nueva normativa?

Los edificios que deben instalar contadores individuales son aquellos con sistemas de calefacción o refrigeración construidos antes de la aprobación del RITE en 1998. Los inmuebles construidos posteriormente ya cumplen con esta obligación desde el momento de su construcción.

Existen algunas excepciones a esta normativa, como los edificios construidos después de 1998, aquellos con sistemas de calefacción por aire o transmisores de vapor, y los inmuebles ubicados en las zonas climáticas más cálidas del país, entre otras.

A la hora de comprar una casa, es importante conocer las nuevas obligaciones legales para evitar sorpresas y trámites innecesarios. Por eso, desde FONTA GAS te ofrecemos el asesoramiento de profesionales del sector inmobiliario, siempre a tu disposición.

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Novedades para mejorar la prevención de la legionella en sistemas de ACS

Alternativas para cumplir con la norma:

Temperatura en interacumuladores de doble tanque

En el caso de los interacumuladores de doble tanque, el RD 487/2022 exige que la temperatura del agua se mantenga uniforme y homogénea a 70 °C.
¿Y qué problemática es habitual en interacumuladores de doble tanque? La estratificación, que además, será todavía mayor.
Volvemos a decir, como en el caso de los acumuladores que es evidente que para cumplir con la normativa y que el volumen del interacumulador tenga una temperatura uniforme de 70º tanto arriba como abajo… habrá que recurrir a otro tipo de sistemas.

Mantenimiento del circuito de agua caliente a una temperatura segura

El RD 487/2022 impone el mantenimiento de una temperatura por encima de 50 ºC en todo el circuito de agua caliente (impulsión, recirculación, etc.), incluso en aquellos puntos donde no haya circulación constante:
Este es un punto muy importante en cuanto a la seguridad sanitaria. No se trata solo que el retorno vuelva a la sala de producción por encima de 50ºC, sino de asegurar que en ningún punto de la instalación haya nunca una temperatura inferior a 50ºC. Aunque esto merece un artículo propio… es importantísimo que los circuitos hidráulicos estén bien equilibrados y las velocidades del agua por el interior de las tuberías sea la adecuada en todos los rincones de la instalación.

Choque térmico y vaciado de acumuladores

El nuevo RD requiere la capacidad de realizar choques térmicos a 70 ºC, lo que implica disponer de sistemas térmicos que permitan calentar el agua a esta temperatura. Además, los acumuladores deben ser diseñados para permitir su vaciado completo y la toma de muestras.

Estancamiento o temperatura inferior a 50º: máximo 3 litros o 5 metros

Todos los tramos de la instalación, sea donde sea, tienen que estar a un mínimo de 50º.
En los sistemas tradicionales, los tramos donde se encuentran los vasos de expansión pueden ser susceptibles de no alcanzar esa temperatura. Por ello, limitan su longitud a 5 metros o que su contenido sea, como máximo, de 3 litros -> “Poca agua a contaminar” y “Poca distancia de margen para la legionella”. Esta máxima es aplicable para todo el resto de la instalación. En ocasiones un servicio anulado (Por ejemplo una ducha anulada con un tapón donde estaban los grifos) supone dejar un ramal perdido por el que no circula el agua y que es un candidato perfecto para reproducir la legionella y esparcirla por el resto de la instalación.


Sistemas sin acumulación a temperatura de 60º, como mínimo

El RD 487/2022 también afecta a los sistemas de calentamiento sin acumulación, obligando a mantener una temperatura mínima de 60 ºC en el agua a la salida del sistema. Esto es esencial para evitar problemas de estancamiento del agua.

Al obligar durante un tramo mínimo a que el agua pase por una temperatura mínima de 60ºC estamos consiguiendo una zona del sistema en la que las posibles bacterias de leguionella presentes en el agua reducen su número debido a la temperatura. Después de varios ciclos de paso por ese tramo el nº de bacterias se reduce hasta casi desaparecer. (Siempre y cuando no pueda reproducirse en ningún otro punto de la instalación.